California · Desalojos · Actualizado oct. 2026
Reglas de desalojo para inquilinos en California
En California, solo un juez puede ordenar un desalojo. Vea sus fechas abajo y busque ayuda gratis hoy.
Revisado con fuentes oficiales: 23 de octubre de 2026
Respuesta corta
- Aviso por alquiler sin pagar
- 3 días hábiles
- Plazo para responder en la corte
- 10 días hábiles después de recibir los papeles de la corte
- Orden de un juez
- No hay desalojo sin la orden de un juez. Su arrendador no puede cambiarle las cerraduras ni sacarlo por su cuenta.
Ayuda gratis: California Courts Self-Help Guide: Eviction (guía de autoayuda de las cortes de California: desalojo, para inquilinos) · California Department of Real Estate: California Tenants guide (2026 Landlord Tenant Guide) (guía del Departamento de Bienes Raíces de California para inquilinos)
Formularios oficiales y ayuda de la corte: Autoayuda de la corte: desalojos en California (en inglés)
Si recibe un aviso de desalojo
- Léalo con cuidado: el tipo de aviso, la cantidad, las fechas y cómo se lo entregaron. Use la herramienta de fechas de abajo.
- No se mude ni deje de pagar solo por un aviso. Solo una corte puede ordenar un desalojo; el aviso es el primer paso.
- Busque ayuda legal gratuita ya. La ayuda legal y el centro de autoayuda de la corte pueden revisar si el aviso es válido.
- Si le entregan papeles de la corte, responda antes del plazo y vaya a todas las audiencias. Faltar a una puede hacerle perder el caso.
- Guarde copias del aviso, de su contrato, de los recibos de alquiler, de los mensajes y de las fotos.
Plazos de un aviso de desalojo en California
¿Recibió un aviso de su arrendador? Indique el tipo de aviso y el día en que lo recibió para ver las fechas que resultan de la regla de su estado, lo que su arrendador no puede hacer y dónde conseguir ayuda gratuita rápido.
Esto no es asesoría legal. Los plazos de desalojo son cortos y perder uno puede costarle su vivienda. Lea su aviso con cuidado y comuníquese de inmediato con ayuda legal gratuita o con el centro de autoayuda de la corte.
Dónde conseguir ayuda gratuita en California
- California Courts Self-Help Guide: Eviction (guía de autoayuda de las cortes de California: desalojo, para inquilinos)
- California Department of Real Estate: California Tenants guide (2026 Landlord Tenant Guide) (guía del Departamento de Bienes Raíces de California para inquilinos)
- California Courts: Help at your court (centros de autoayuda gratuitos en las cortes)
Detalles legales
- Aviso por alquiler sin pagar
- Aviso de 3 días de pagar o desalojar. Los sábados, domingos y días feriados de la corte NO se cuentan. El aviso debe decir la cantidad exacta de alquiler que se debe y a quién, dónde y cómo pagar. Si la unidad está cubierta por la Tenant Protection Act (Ley de Protección al Inquilino) o por una ley local de 'causa justa', el arrendador también necesita una 'causa justa' legal.
- Aviso por violar el contrato
- Aviso de 3 días de corregir o desalojar por una violación del contrato de arrendamiento que se puede arreglar (sin contar fines de semana ni días feriados de la corte). Algunas violaciones graves (molestias graves a otros, uso ilegal) permiten un aviso de 3 días para desalojar sin oportunidad de corregir.
- Fin de un alquiler de mes a mes
- Arrendador: 30 días si algún inquilino ha vivido allí menos de un año; 60 días si todos han vivido allí un año o más; 90 días en algunos arrendamientos con subsidio. Según la Tenant Protection Act (Ley de Protección al Inquilino) (la mayoría de las unidades después de 12 meses), el arrendador también necesita una causa justa escrita en el aviso. Para causas 'sin culpa' del inquilino (como que el dueño se mude a la unidad o una remodelación importante), el arrendador debe pagarle un mes de alquiler como ayuda para la mudanza dentro de 15 días después del aviso, o perdonarle por escrito el último mes de alquiler. Desde el 1 de abril de 2024 (SB 567), que el dueño se mude a la unidad solo cuenta si el dueño o un familiar se muda dentro de 90 días después de que usted se va y vive allí por lo menos 12 meses; si no, el dueño debe ofrecerle a usted la unidad otra vez al mismo alquiler y pagar los gastos de mudanza. Un aviso que no cumple estas reglas no es válido, y un arrendador que las viola a propósito puede deber hasta tres veces sus daños reales. Inquilino: aviso igual al período de alquiler (normalmente 30 días). Civ. Code §§ 1946.1, 1946.2.
- Plazo para responder a una demanda de desalojo
- 10 días después de que le entregan la demanda, sin contar sábados, domingos ni días feriados de la corte. Code Civ. Proc. § 1167.
- Cambio de cerraduras y corte de servicios
- Para obligarlo a irse, el arrendador no puede dejarlo afuera, cambiarle las cerraduras, cortarle el agua, el gas, la electricidad u otros servicios, quitar puertas o ventanas, ni llevarse sus pertenencias. Usted puede recuperar sus daños reales más hasta $100 por cada día que siga la violación, con un mínimo de $250 por cada violación, y quien gane recibe los honorarios de abogado. Civ. Code § 789.3.
- Autoayuda de la corte
- Página de autoayuda de la corte sobre desalojos (en inglés)
- Ley
- Code Civ. Proc. §§ 1161, 1167; Civ. Code §§ 789.3, 1946.1, 1946.2
Represalias en California
El arrendador no puede desalojarlo, subirle el alquiler ni reducir los servicios porque usted se quejó de las condiciones (al arrendador o a una agencia del gobierno), usó el derecho de reparar y descontar del alquiler, pidió una inspección, presentó una demanda, o se organizó con otros inquilinos. Si el arrendador actúa dentro de 180 días después de que usted hizo una de estas cosas, se presume que hay represalias, siempre que usted esté al día con el alquiler y no haya usado esta defensa más de una vez en 12 meses. Usted puede recuperar los daños reales, más $100 a $2,000 por cada acto de represalia si el arrendador actuó con fraude, abuso o malicia. Civ. Code § 1942.5.
Aumentos del alquiler y control de alquileres en California
- Aviso de aumento del alquiler
- De mes a mes: aviso por escrito de por lo menos 30 días para un aumento de 10% o menos en 12 meses; por lo menos 90 días para más de 10% (añada 5 días si se envía por correo). En un contrato de arrendamiento por un plazo fijo, el alquiler no se puede subir durante ese plazo, a menos que el contrato lo permita. Civ. Code § 827.
- Control de alquileres
- Hay un límite estatal (Tenant Protection Act, AB 1482, Civ. Code § 1947.12): los aumentos en 12 meses se limitan a 5% más la inflación (CPI), nunca más de 10%, y como máximo dos aumentos en 12 meses. Están exentos: edificios de menos de 15 años, casas unifamiliares y condominios que no pertenecen a un REIT ni a una corporación (si usted recibió aviso por escrito de la exención), un dúplex donde vive el dueño, y algunas viviendas asequibles. El límite sigue vigente hasta el 1 de enero de 2030. Las ciudades también pueden tener su propio control de alquileres (por ejemplo Los Angeles, San Francisco, Oakland); las leyes locales aprobadas después del 1 de septiembre de 2019 solo se aplican si son más fuertes que la ley estatal.
Más para inquilinos en California
- Todos los derechos de inquilinos en California
- Depósito de seguridad: California
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- Plazos de aviso de desalojo por estado
- Guía: qué hacer si recibe un aviso de desalojo
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Fuentes (en inglés)
- California Department of Real Estate, 2026 Landlord Tenant Guide (California Tenants)
- California Department of Real Estate: New laws
- California Courts Self-Help Guide: The eviction process for tenants
- Cal. Civ. Code §§ 789.3, 1946.2, 1950.5 (unofficial copy, California.Public.Law, verified Oct. 2026)
Revisado con fuentes oficiales: 23 de octubre de 2026